Hola a todos,
Una estupenda y cariñosa lectora del blog llamada Carlota me ha dejado un comentario que os puede interesar, son noticias frescas, ¡muy frescas!, sobre la tarjeta de residencia por ser cónyuge de ciudadano de la unión, o lo que es lo mismo, permiso de residencia para un turco o una turca casado con una española/español.
Os dejo aquí parte del comentario que ha dejado.
Carlota, te he contestado a tu comentarío en la entrada en la que lo publicaste. De nuevo, guapa, mil gracias por la información y una vez más ENHORABUENA y que la buena suerte esté siempre de vuestro lado.
Holaa! Traigo buenas noticias, nos acabamos de casar :D :D :D :D :D Todo ha salido PERFECTO incluso han venido mis padres y mis abuelos a la boda, hemos registrado el matrimonio en el consulado y a mi marıdo le acaban de dar el visado para venirse a España, yo iré mañana y él se vendrá el sabado! Ahora sólo nos queda la parte de la tarjeta de residencia! Ahora han hecho una adaptación de la nueva ley que les comenté hace unos meses: se puede acceder a la tarjeta de residencıa si ninguno de los dos tiene trabajo, a condıcion de que tenga un seguro privado contratado y de que además enseñe una cantidad minima de 10.000 € (la cantidad varía según las comunídad autonoma).
Solo quería darte las gracias por toda la información tan buena y el trabajo tan duro que has hecho durante todos estos meses. MUCHAS GRACIAS!!!!
Si alguno de vosotros tiene más información fresca no dudéis en escribirme y asi la podréis compartir con otras personas que están en la misma situación. ¡¡¡Gracias!!!.
Lo mismo digo sobre si quereis que publique algo sobre otros temas, aunque no sean de papeleos y estén relacionados con el tema o con Turquía. Estoy abierta a nuevas ideas.
Un abrazo a todos y a seguir luchando.
2 comentarios:
Merhabalar Ginnie!
Muchísimas gracias por todo el trabajo que has hecho recopilando y presentando la información, ha sido de muchísima ayuda y de alguna manera un rayito de esperanza en todo este arduo proceso.
Mi marido y yo ya tenemos el visado de reagrupación familiar y nos vamos próximamente a España. Por mucho que he buscado en todas las páginas oficiales del ministerio, no he visto nada referido a la cantidad de dinero a la que apuntaba Carlota en caso de ciudadanos españoles, por lo que he podido entender es una medida que se refiere a extranjeros residentes en España que quieren traer a sus familiares.
¿Estoy en lo cierto o soy un poco torpe navegando por internet? :D
Muchos saludos!
Hola desconocida (Unknown),
Me alegro mucho que mi blog te haya ayudado y sobre todo que te de esperanzas, eso sí que es importante para tener siempre fuerzas, porque a veces se pierden y uno piensa en tirar la toalla, pero no...hay que seguir luchando. Además saber que otros han pasado por lo mismo da algo de ánimos.
Respecto a tu pregunta...la verdad es que estuve investigando en su día (cuando Carlota me lo comentó) y me hice un cacao mental enorme. Hoy me he puesto a hacer los deberes y he investigado más.
Una de las conclusiones que he sacado es que si tienes a alguien en España podrías pedirle que se acerque a la oficina de extranjería que te corresponda (no sé donde tienes tu residencia en España) mientras vosotros estáis aún en Turquía. Para información no se necesita cita previa. Así podréis ir adelantando y tener claro que piden exactamente.
Antes, me refiero a hace dos años o menos, no era tan complicado pedir la tarjeta de residencia de ciudadano de la Unión, pero se ve que se va recrudeciendo la cosa.
En una de mis entradas os recomendé una página web muy buena que a mí me ha servido muchísimo y la he visitado para ver qué decían respecto a este tema y he encontrado información fresca, concretamente de principios de este mes de Junio 2013. Te pongo aquí el enlace directo para que la visites. Te recomiendo que leas la información escrita, pero creo que los vídeos son más amenos y fáciles de entender.
Lo que está claro es que si tú tienes trabajo en España, no vais a tener ningún problema, créeme. La cosa se complica si tú estás en el paro y no tienes muchos ahorros, pero todo tiene solución.
Aquí el enlace:
http://www.parainmigrantes.info/tarjeta-comunitaria/
He estado mirando en páginas oficiales del estado y es verdad que no aparece lo del seguro médico ni lo de los medios de vida por ninguna parte, pero no debes fiarte...Fíate sólo de la lista de documentación a aportar que te den (o le den a algún conocido que tengas en España) en la oficina de extranjería que te corresponda por lugar de residencia. Yo iría sin problemas a preguntarlo por ti pero por un lado, aunque parezca raro, es posible que cada oficina te indique que le entregues una documentación ligeramente diferente a la de otra oficina de otra comunidad, y por otra parte...¡estoy a punto de dar a luz y estoy tan pesada que no puedo casi andar y no creo que llegase hasta la oficina de extranjería de una sola pieza!.
Me gustaría ayudarte mucho más, así que si tienes más dudas no te lo pienses y me planteas las preguntas que quieras, y en un ratito libre investigo todo lo que pueda.
Mucha suerte, mucho ánimo y enhorabuena por luchar por este amor tan especial.
Besos y abrazos.
Publicar un comentario