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miércoles, 19 de septiembre de 2012

Traslado de inscripción de matrimonio desde el Registro Central al de tu localidad.


¡Hola a todos!.

Una vez más vuelta de vacaciones, aunque la verdad es que han pasado ya más de 20 días de eso, y veo ese tiempo libre muy lejano. Volver a la rutina hace que te olvides pronto de las vacaciones aunque aún perdura un buen sabor de boca. Por si a alguien le interesa estuvimos una vez más todo el mes en Turquía, como no. Si alguno de vosotros desea que algún día haga una entrada sobre sitios para ver en Turquía que no sean los típicos, que no dude en hacerlo, será un placer contaron cosas sobre mi segunda tierra.

He estado revisando el blog y me he dado cuenta de que hay muchas entradas que creía que había publicado y que para mi sorpresa aún estaban en "borradores", así que me he puesto manos a la obra para poder publicarlas.

Esta entrada es sobre un paso muy importante que puede olvidarse fácilmente porque a estas alturas estamos ya exhaustos de tantos documentos, colas de espera y demás líos.

Como sabéis, cuando te casas en Turquía al final, después de un periplo intenso, tienes en tu poder dos libros de familia, uno turco y uno español, y un papel que certifica que el matrimonio ha sido inscrito en el registro civil de la localidad donde esté la embajada/consulado y se especifica que se expide copia certificada para el registro civil central en Madrid. Eso significa que vuestro matrimonio es legal es España, pero también significa que si queréis acceder a este documento por el motivo que sea tendréis que ir a Madrid a pedirlo. Por eso os aconsejo que en cuanto podáis vayáis al registro civil de vuestra localidad (si es que no vivís en Madrid) y pidáis el traslado de inscripción de matrimonio. Para ello tenéis que llevar:

-El certificado de matrimonio del que os he hablado y el libro de familia español (yo me llevé el turco también por si acaso, pero no lo querían), además de dos fotocopias de cada documento.

-DNI o pasaporte o NIE de cada uno de los cónyuges, y dos fotocopias de cada documento.

-Certificado de empadronamiento de ambos cónyuges actualizado (de menos de tres meses)

-Rellenar un papel que te dan en el registro solicitando el traslado.

Importante: Tenéis que ir los dos, no puede ir sólo uno, porque ambos tienen que firmar la solicitud.

Otra cosa importante: Tened en cuenta que desde que se solicita el traslado hasta que recibes en casa un sobre certificado diciendo que la inscripción de matrimonio ya está en el registro civil de tu localidad puede tardar unos tres meses, aunque a nosotros nos tardó 15 días. Lo digo por si tenéis que utilizar el documento de registro de vuestro matrimonio para algo, como por ejemplo para las capitulaciones matrimoniales, tema del que os hablaré en breve en otra entrada y que espero leáis porque hay información interesante e importante.

Una vez más espero que la información os sirva de ayuda.

 

3 comentarios:

Unknown dijo...

Hoy he descubierto tu blog por casualidad, te doy la enhorabuena porque es muy útil. Pero he sentido la necesidad de comentar la entrada del cambio de nombre. Que en principio puede parecer una nimiedad pero no lo es. Y pongo un ejemplo:

Resulta que tienes un título de licenciada en .... a tu nombre de soltera que era cuando vivías con tus padres y fuiste a la universidad por tanto en tu título oficial María apellido x apellido y es licenciada en la carrera Z.

Al cambiarte el nombre pasas a ser Maria y el apellido de tu marido. Por lo que a ojos de los demás tú y la persona de tu título son personas distintas. Por tanto ya no estás capacitada legalmente para ejercer en tu carrera si fuera necesario.

Para eso se hizo el convenio relativo a la expedición de certificación de diversidad de apellidos de la Haya de 8 de Septiembre de 1982.

Aunque a simple vista parece poca cosa hay muchas sentencias relativas a este asunto. Como una muy famosa que se llama Grunkin-Paul. Si tienes un rato, búscala por curiosidad.

Un abrazo y tenedlo en cuenta.

Ginnie dijo...

Hola Lorena,
Yo tuve en cuenta eso desde el principio, por eso en el registro civil turco me negué a cambio alguno, en primer lugar por lo que comentas pero especialmente porque considero que una mujer no debe cambiarse el apellido porque se case, me parece antiguo y machista aunque suceda en montones de países, contando aquellos que parecen muy evolucionados y con la libertad por bandera como Estados Unidos, por ejemplo.
Después de mucho discutir, no fue ni para mi ni para ellos y elegí quedarme con mi primer apellido español (es un apellido muy poco frecuente y peculiar) y como segundo apellido el de mi marido, ya que era la mejor opción de las que me ofrecían. No creo que haya mucho problema con respecto a licenciaturas, certificados, etc porque entonces toda mujer que cambie de apellido al casarse perdería su pasado en todos aquellos países en lo que está práctica es del día a día. Además para eso está el libro de familia con su foto en el que dice tus apellidos "de soltera". Pero así todo es algo muy a tener en cuenta.

Un abrazo y gracias por leerm

Ginnie dijo...

Lorena, luego buscaré la sentencia que me dices. Gracias por la información.